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Delito por alcoholemia

El delito de alcoholemia se dice que es el más democrático que hay. Tanto lo pueden cometer las clases sociales más altas, como las más bajas.

Cualquiera puede encontrarse con un viejo amigo o conocido y celebrarlo con unas cervezas o con unos vinos. Algo puntual, casual o accidental puede tener consecuencias penales inciertas, sobre todo, si tras ese encuentro nos montamos en nuestro vehículo para regresar a nuestro hogar.

Puede ser que seas una persona que jamás bebes conduciendo, pero en esa ocasión, lo hiciste.

Y como quiera que la ley de Murphy está para cumplirse, en ese mismo regreso te paran en un control de alcoholemia, o lo que es peor, tienes un accidente con el coche.

Tanto en uno como en otro caso, aparecerá la policía o la guardia civil, que amablemente te ofrecerán hacerte una prueba de alcohol para comprobar si conducías bajo los efectos del alcohol.

Si superas los 0,60 miligramos por litro en aire espirado te citarán directamente al juzgado de guardia para que se celebre un juicio rapido por alcoholemia, incluso lo harán si superas los 0,40 mg/l si has tenido un accidente.

A partir de ahí, maldecirás el momento en el que entraste al bar con tu amigo a celebrar ese reencuentro, porque las consecuencias, en el mejor de los casos, será que te retiren el carnet de conducir y que te pongan una multa.

Me quitan el carnet, pero ¿cuánto tiempo?

Has cometido un delito que se encuentra regulado en el artículo 379.2 del Código Penal que se castiga con las siguientes penas. El Fiscal propondrá una de las 3 siguientes:

  • Prisión de 3 a 6 meses.
  • Multa de 6 a 12 meses.
  • Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Pero eso no es todo, además, te quitarán el carnet de 1 a 4 años.

Como decimos, eso será en el mejor de los casos, porque si hay lesionados, daños o fallecidos, todo se complicará aún más.

Además, el fiscal tendrá en cuenta tus antecedentes penales, eso significa que si eres reincidente, te impondrán la pena en su mitad superior, o lo que es lo mismo, de retirada del carnet, como mínimo te caerán 2 años y 6 meses.

Como no todo puede ser malo, si una vez revisado el atestado por tu abogado, este te aconseja no luchar por una absolución, hazle caso, reconoce los hechos y te beneficiarás de la conformidad.

Reconocer los hechos supone una rebaja en la pena impuesta por el fiscal de un tercio. Es decir, que si te ponen una multa de 6 meses, se te quedará en 4 meses y si te imponen una retirada del permiso de circulación de un año, se te quedará en 8 meses.

El mismo día del juicio rápido te vas a quedar sin carnet, se te generarán antecedentes penales y la DGT te mandará una carta a casa para que realices un curso de sensibilización que es obligatorio.

Si te llegaran a quitar el carnet por más 2 años, éste perderá su vigencia y tendrás que volver a sacártelo a la autoescuela.

Por tanto, si un día de estos te encuentras con un amigo de la infancia tienes dos opciones, celebrarlo por todo lo alto y después llamar a un taxi, o bien celebrarlo con bebidas refrescantes.

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El delito de alcoholemia

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Juristas con Futuro. El delito de alcoholemia [online]. Juristas con Futuro. 19/05/2022. https://www.juristasconfuturo.com/recursos/doctrina-juridica/el-delito-de-alcoholemia/. Consulta: [indicar la fecha en que has consultado el artículo]

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