
La Ley de Segunda Oportunidad otorga la posibilidad de liquidar las deudas disminuyendo así la gran preocupación de numerosas personas físicas y autónomos, que no pueden solventar sus deudas.
¿Qué es la Ley De Segunda Oportunidad, y cuál es su objetivo?
Se trata de la Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. aprobada en 2015, debido a la anterior crisis financiera.
El objetivo es recomponer o perdonar de manera parcial la deuda, siempre y cuando el deudor se vea incapaz de satisfacer a sus acreedores y de hacer frente a sus deudas.
La idea es dar la oportunidad de “empezar de nuevo” tras vivir una situación económica insostenible debido a las deudas.
En España, para resolver este tipo de problemas con deudas, contamos con la Ley Concursal y la Ley de Segunda Oportunidad.
- La Ley Concursal está regulada en la Ley 22/2003 y le permite al deudor reestructurar sus deudas mientras continua con su actividad económica. Esto último significa que, si una empresa tiene deudas, pueden seguir trabajando, de esta manera, se evitan el cierre de la empresa y despidos.
- Por otro lado, la Ley de Segunda Oportunidad permitirá al deudor sanear su patrimonio. Una vez lo tenga estable, podrá pagar a sus acreedores.
¿Se puede aplicar a las deudas con Hacienda o con la Seguridad Social?
Antes no se podía aplicar, pero desde julio del 2019, tras una sentencia del Tribunal Supremo, los deudores pueden beneficiarse de dicha ley con hasta una exoneración del 70% de todas las deudas que se tengan con la Administración Pública, con la posibilidad de poder fraccionar la cantidad restante en un periodo de hasta cinco años.
Antes de la fecha indicada, las hipotecas quedaban fuera de la aplicación de la ley de segunda oportunidad, y aunque se vendiese la vivienda, si quedaba parte de la hipoteca, se tenía que pagar. Sin embargo, en la actualidad, se ha conseguido cancelar hasta el 100% de la deuda de hipoteca que quedase restante, una vez se hubiera vendido la vivienda.
Requisitos para acceder a los beneficios
Para que los deudores insolventes e irresponsables no utilicen la Ley de Segundas Oportunidades como una vía de escape, hay que tener en cuenta el pasado del deudor insolvente para verificar su historial crediticio. De esta manera, no se podrán acoger a la Ley de Segunda Oportunidad las personas que no hayan pagado sus deudas por simplemente no querer hacerlo. Además, también se tendrá en cuenta el futuro, ya que requiere un compromiso por parte del deudor insolvente.
El plan de pagos que se acuerda en un proceso de Segunda Oportunidad tiene una eficacia que puede extenderse a lo largo de los próximos cinco años. Si además se solicita el beneficio de exoneración de deudas, te impedirá volver a solicitarlo durante los diez años siguientes. Gracias al cumplimiento de estos requisitos, la Ley de Segunda Oportunidad es una vía de escape para aquellas personas que han pagado siempre que han podido y que, atraviesan un mal momento económico.
Requisitos:
- Acreditar que no puede asumir el pago de las deudas contraídas, es insolvente.
- Hay que demostrar que el patrimonio del deudor se ha liquidado para hacer efectivo el mayor pago posible a sus acreedores.
- El deudor tiene que demostrar que ha intentado pagar los créditos.
- El deudor tiene que actuar de buena fe, demostrando que:
- Ha intentado llegar a un acuerdo extrajudicial, negociando con los acreedores, previamente al comienzo del concurso.
- Su situación de insolvencia no ha sido provocada intencionadamente, es decir, la insolvencia no se produce por dolo o culpa.
- No ha ocultado información ni documentos importantes en el procedimiento.
- No se ha beneficiado, ni acogido a la Ley de segunda oportunidad, en los 10 años anteriores a la fecha.
- No ha incurrido en la comisión de delitos económicos, patrimoniales, ni de falsedad documental, en los 10 años anteriores.
- No se han rechazado trabajos “adecuados a sus capacidades”.
- Está de acuerdo en aparecer en el Registro Público Concursal.
- Cabe destacar que se tendrán en cuenta los antecedentes penales de los últimos diez años.
- La deuda no supera los 5 millones de euros.
- No estar incurso en una causa de prohibición establecida por ley.
Fases del procedimiento de la Ley De Segunda Oportunidad
Acuerdo extrajudicial de pago
Se trata de intentar llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores. De esta manera, la deuda se renegocia para que el deudor pueda efectuar el pago de la mayor parte de deuda posible. Se busca la efectividad del pago, aunque sea en un plazo determinado. El proceso no puede durar más de dos meses.
Para adherirse al procedimiento extrajudicial, el deudor debe cumplir requisitos establecidos en el precepto 231 de la Ley Concursal que, son los siguientes:
- Encontrarse en situación de insolvencia actual o inminente, con un pasivo inferior a los cinco millones de euros.
- No haber sido condenados en sentencia firmepor delito contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, de falsedad documental, contra la Hacienda Pública, la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores en los 10 años anteriores.
- Nohaber alcanzado un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores o declaradas concurso de acreedores cinco años anteriores.
- Noencontrarse negociando un acuerdo de refinanciación.
Una vez acreditados estos puntos y cumplimentada la debida solicitud, el deudor solicitará la designación de un mediador concursal ante Notario, Registro Mercantil o Cámara de Comercio correspondiente. Cuando se nombra un mediador concursal, se suspende el devengo de intereses, ejecuciones y embargos.
Posteriormente, el mediador concursal convocará a la Junta de Acreedores y remitirá a todos los acreedores la propuesta de acuerdo extrajudicial que el deudor plantee.
Dicha propuesta tratará sobre un plan de pagos al que pueda hacer frente el deudor, en un plazo máximo de 5 años. En ocasiones, se emplean herramientas como la dación en pago, quitas, conversión de crédito, o esperas. Con esto, conseguimos reducir o aplazar la deuda, sin invertir los bienes del deudor. Para lograr los acuerdos, es necesario entre el 60 y 75% de la mayoría de acuerdo entre los acreedores.
Proceso judicial
Cuando no se llega a un acuerdo extrajudicial entre deudor y acreedor, se inicia el procedimiento judicial para intentar que el deudor insolvente pueda exonerarse del pago de la duda. Este procedimiento se denomina Concurso consecutivo, donde se puede llegar a cancelar el 100% de la deuda.
Se baraja en primer lugar la posibilidad de que el deudor invierta su patrimonio para que se haga posible el pago de deudas, como veíamos en uno de los requisitos, aunque lo ideal es conseguir no invertir alguna propiedad como la vivienda habitual.
Por tanto, si se ordena el BEPI por el juez, podremos lograr la cancelación de la totalidad de las deudas, o que se cumpla con el plan de pagos establecido en el acuerdo extrajudicial.
Eliminar las deudas y datos de morosidad
Una vez pasado el periodo de 5 años que hemos comentado en anteriores apartados, las deudas se eliminan de manera efectiva.
Además, el que fuera deudor, desaparece de los listados de morosidad.
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Sacri Martín. Ley de Segunda Oportunidad [online]. Juristas con Futuro. 01/03/2021. https://www.juristasconfuturo.com/recursos/doctrina-juridica/ley-de-segunda-oportunidad/. Consulta: [indicar la fecha en que has consultado el artículo]