
Los abogados y las fuentes del Derecho
Ya se trate de prevenir o resolver problemas legales, los abogados necesitamos conocer muy bien las fuentes del Derecho (es decir, los medios a través de los cuales las normas jurídicas nacen y se dan a conocer). Esta actividad forma parte de nuestro trabajo cotidiano ya que una correcta prestación de servicios jurídicos exige conocerlas a cabalidad.
En España son fuentes del Derecho la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho (artículo 1.1 del CC), siendo estas dos últimas fuentes subsidiarias de la primera. A las tres anteriores hay que añadir dos fuentes más: el Derecho de la Unión Europea (artículo 4 bis.1 de la LOPJ) y los tratados y convenios internacionales (artículo 96 de la CE y artículo 1.5 del CC). Lo relevante aquí es que los jueces y tribunales cuando imparten justicia deben atenerse, exclusivamente, al sistema de fuentes establecido (artículo 1.7 del CC).
La jurisprudencia, por su parte, tiene un rol complementario. El propio Código Civil le asigna la función de complementar el ordenamiento jurídico. Esto significa que aunque la jurisprudencia no sea formalmente una fuente del Derecho, no se limita a realizar una aplicación mecánica de las normas jurídicas creadas a partir de las fuentes del Derecho.
La jurisprudencia se define como la doctrina que, de modo reiterado, establece el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho (artículo 1.6 del CC). Y aunque que carezca de eficacia vinculante en sentido propio (ni el Tribunal Supremo ni los inferiores están obligados a seguir manteniendo los criterios recogidos en la jurisprudencia) mediante la jurisprudencia se crea un cuerpo de criterios jurídicos sobre la solución de los conflictos que puede originar la revocación de las sentencias de los tribunales inferiores que lo contradigan.
La ley (entendida en sentido material, es decir, que comprende a todas las normas generales y abstractas dictadas por los poderes constituidos), se puede decir, es la fuente del Derecho por excelencia en nuestro país, no solo por el rol que se le ha asignado en nuestro ordenamiento sino debido a la propia esencia del sistema jurídico romano-germánico que sigue España y el resto de países iberoamericanos.
En resumidas cuentas, resulta esencial para la labor del abogado conocer la ley y la jurisprudencia que se crean diariamente. Para ello, el jurista necesita contar con fuentes de información jurídica fidedignas, de fácil acceso y, en caso de ser electrónicas, que proporcionen usabilidad.
Escucha a Ricardo Oliva León:
Legislación oficial gratuita: el BOE
El artículo 9.3 de la CE establece que “La Constitución garantiza […] la publicidad de las normas”, en tanto que el artículo 6.1 del CC prescribe que “La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento”. Es, por tanto, un imperativo legal la publicación de las normas jurídicas, canalizándose dicha publicación a través de boletines oficiales.
Te recomendamos leer: ¿Por qué debo cumplir la Ley si no la comprendo?
El Boletín Oficial del Estado (BOE) es el diario oficial del Estado español dedicado a la publicación de las leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria, conforme establece el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de Ordenación del diario oficial Boletín Oficial del Estado. El texto de las leyes, disposiciones y actos publicados en el BOE tiene la consideración de oficial y auténtico, con arreglo a las normas y condiciones establecidas en el propio Real Decreto, según establece su artículo 3.1.
La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, dependiente del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, es la entidad encargada de la edición, impresión, publicación y difusión del BOE, así como de la gestión de su sede electrónica, conforme establece el Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y se aprueba su estatuto.
El artículo 12.2 del Real Decreto antes mencionado establece que corresponde a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado garantizar la autenticidad, integridad e inalterabilidad del BOE que se publique en su sede electrónica, custodiar y conservar la edición electrónica del BOE, y velar por la accesibilidad de la edición electrónica del BOE y su permanente adaptación al progreso tecnológico. El Aviso Legal del BOE indica que la edición electrónica tiene el mismo valor jurídico que la edición impresa, a partir del 1 de enero de 2009.
El artículo 14 del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, establece que: “Los ciudadanos tendrán acceso libre y gratuito a la edición electrónica del Boletín Oficial del Estado. Dicho acceso comprenderá la posibilidad de búsqueda y consulta del contenido del diario, así como la posibilidad de archivo e impresión, tanto del diario completo como de cada una de las disposiciones, actos o anuncios que lo componen.” En otras palabras, se puede decir que el BOE es, hoy en día, una base de datos jurídica de carácter electrónico.
Y es que hemos pasado de tener que buscar y leer las normas jurídicas en soporte papel a tenerlas a disposición en formato electrónico, gratuitamente, en internet. El BOE cuenta con un buscador avanzado que permite ubicar las disposiciones de legislación, personal (como oposiciones y nombramientos), otras disposiciones, todo el BOE y, becas, ayudas y premios. Además, permite seleccionar dictámenes y escritos judiciales elaborados por la Abogacía del Estado así como dictámenes del Consejo de Estado, desde unas determinadas fechas.
El BOE también ofrece la posibilidad de descargarse la información en formato PDF y de reutilizar los contenidos en los formatos XML y XSD. Actualmente se ofrece una aplicación para móviles de acceso a los contenidos del BOE con los sistemas operativos Android e iOS.
De todos estos avances el que más nos ha sorprendido –gratamente- ha sido la reciente vinculación de la Legislación con la Jurisprudencia publicada por el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) y poner el resultado de la misma a disposición de la ciudadanía (bajo el nombre de Legislación consolidada). Esto, claramente, representa un avance relevante en materia de acceso a la información jurídica y además constituye un esfuerzo de comunicación y colaboración entre dos Poderes del Estados: el Poder Ejecutivo, que administra el BOE, y el Consejo General del Poder Judicial, que administra el CENDOJ (salvando las distancias, otro caso de colaboración entre Poder Ejecutivo y Poder Judicial lo representa LexNet Justicia, la plataforma de intercambio de información y documentos judiciales entre los órganos judiciales y diversos operadores jurídicos, hoy gestionada por el Ministerio de Justicia).
Y es que, ahora, es posible encontrar en el BOE jurisprudencia sobre un determinado artículo de una ley (la web del BOE te cita la jurisprudencia con una pequeña reseña de la misma y luego te redirige a la web del CENDOJ para que te descargues el texto íntegro de la sentencia, directamente). Si bien el BOE no menciona todavía toda la jurisprudencia conservada en el CENDOJ ya ha empezado con la tarea de conseguirlo.
Veamos un ejemplo la vinculación Legislación-Jurisprudencia en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital:


Con dicha vinculación el BOE empieza a ofrecer uno de los servicios “estrella” que las editoriales privadas ya venían ofreciendo, con lo cual esta situación –creemos- les obligará a replantearse su propuesta de valor en materia de base de datos jurídicas.
Pero el BOE está yendo más allá. Ahora ofrece también Códigos electrónicos descargables gratuitamente en PDF o formato eBook como el caso del recientemente Código de la Ciberseguridad que agrupa y organiza sistemáticamente diversas normas jurídicas relacionadas con la ciberseguridad.

Y además ahora el BOE permite visualizar la cronología de las modificaciones normativas que ha sufrido una determinada disposición legislativa:
Todos estos avances en materia de información jurídica esencial son de agradecer.
Un último tema que tenemos que mencionar es el “carrito de la compra” del BOE (no todo es gratis allí). Hablamos de la tienda electrónica del BOE (la librería del BOE) donde podrás adquirir libros y publicaciones impresas editadas por BOE, incluido el envío:

Jurisprudencia a la mano: el CENDOJ
El Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) es un órgano técnico y el centro tecnológico del Consejo General del Poder Judicial cuyas funciones son la selección, la ordenación, el tratamiento, la difusión y la publicación oficial de la jurisprudencia de todos los Tribunales de Justicia españoles (artículo 619.1 de la LOPJ), la que la difunde a todos los ciudadanos, de forma gratuita, a través del sitio web poderjudicial.es. Ofrece en la actualidad casi 6 millones de sentencias.
Las resoluciones que componen la base de datos del CENDOJ se difunden a efectos de conocimiento y consulta de los criterios de decisión de los Tribunales de Justicia, en cumplimiento de la competencia otorgada al Consejo General del Poder Judicial por el art. 560.1.10º de la LOPJ. Como su propia web señala el CENDOJ “trata de optimizar la gestión del conocimiento judicial a través del empleo de las TIC”. Y lo está haciendo cada vez mejor.

En efecto, la base de datos del CENDOJ mejora cada vez en términos de usabilidad y accesibilidad. Desde hace poco, por ejemplo, ofrece “etiquetas” que permiten al usuario encontrar resoluciones judiciales que se refieren a un mismo tema (por ejemplo: enriquecimiento injusto, cláusulas abusivas, propiedad horizontal, pensión compensatoria, competencia desleal, etc.). También ofrece un apartado con las “últimas” sentencias emitidas por el Tribunal Supremo. El buscador del CENDOJ presenta varios campos de datos a rellenar por el ciudadano lo que facilita la búsqueda de la resolución según varios criterios.
Una de las cosas que sería bueno que el CENDOJ implemente sería crear un buzón de sugerencias online para que los juristas podamos ofrecer propuestas de mejora. El CENDOJ también podría hacer encuestas para conocer los intereses de los operadores jurídicos cuando buscamos jurisprudencia. Quizá, en un futuro cercano, el buscador del CENDOJ será más intuitivo, ofrecerá al visitante un listado clasificado y cronológico de sentencias alineadas y contrarias a una jurisprudencia, y reconocerá la voz cuando se formule una petición de determinada resolución judicial.
Escucha a José María Fernández Comas:
Recursos gratuitos vs. Bases de datos de pago
Según el Estudio de Innovación y Tendencias en el sector jurídico empresarial de Lefebvre El Derecho, el 45% de los despachos encuestados utiliza herramientas de bases de datos de documentación jurídica de pago, mientras que las firmas que utilizan las gratuitas llegan al 57%. Y sólo es el principio. Un optimista diría que las editoriales del sector tienen mucho campo para crecer, pero tras un baño de realidad la conclusión debe ser que el porcentaje de profesionales que consulta recursos gratuitos irá in crescendo.
No hay vuelta de hoja. El BOE, especialmente su Legislación consolidada, es un recurso de libre acceso muy apreciado por los expertos en documentación de los despachos y, evidentemente, por los propios abogados. Y además, como ya dijimos, incorpora una pestaña vinculando la normativa a la jurisprudencia del CENDOJ, lo que aporta mucho valor al sector.
Pese a estos avances, sin duda, las plataformas del BOE y del CENDOJ permanecen a mucha distancia todavía en desarrollo tecnológico respecto a los productos de pago ya conocidos. Veamos unos ejemplos:
- El Derecho Internet de Lefebvre permite acotar los resultados de una búsqueda en función de si la resolución ha sido favorable o desfavorable a los intereses de tu cliente:

- Tirant Analytics permite acceder a una representación gráfica e interactiva de datos y de los resultados de las búsquedas jurisprudenciales:

- vLex Analytics proporciona una estimación de tiempos de resolución, probabilidades de éxito y potenciales penas a imponerse, a partir del análisis previo de sentencias de primera instancia y recursos interpuesto en instancias superiores:

- Aranzadi Digital (antes Westlaw Legislación y Jurisprudencia) de Thomson Reuters permite descargarte una norma jurídica con bibliografía y jurisprudencia relacionadas, junto a otra información de interés como normativa afectada por la norma en cuestión, voces, etc.:

Y en cuanto a la búsqueda de jurisprudencia, Aranzadi Digital ofrece un apartado de sentencias a favor, en contra y relacionadas, además de comentarios y bibliografía:

- La Ley Digital (Wolters Kluwer) ofrece un sistema de búsqueda inteligente basado en la técnica de reconocimiento de lenguaje natural (apoyado en la semántica y en algoritmos de relevancia) con funcionalidades como la sugerencia de artículos, extractos dinámicos de búsqueda y cesta de documentos.

En cuanto a la consulta de jurisprudencia esta base de datos permite encontrar el iter procesal del caso, con la representación gráfica de la trayectoria que ha llevado el asunto. Se identifican además otras sentencias que se han fallado en igual sentido o en sentido contrario a la analizada. Se incluye información sobre el estado de la sentencia (si es firme, ha sido revocada o confirmada) y es posible filtrar la consulta de jurisprudencia por sentencias a favor o en contra de una parte procesal concreta.

- Tenemos información que se ha lanzado la solución Legal Data, diseñada por la start-up sevillana Legal Innovation, la misma que se postula como la primera herramienta predictiva impulsada por Big Data e Inteligencia Artificial. De momento, no tenemos más noticia que las publicadas en notas de prensa.
- En abril de 2017 Wolters Kluwer ha anunciado el lanzamiento en España de Jurimetría, una solución para los profesionales del Derecho basada en tecnologías de inteligencia artificial y machine learning. Elaborada conjuntamente con Google, Jurimetría se postula como un producto capaz de prever lo que puede ocurrir en un proceso judicial: comportamiento de los tribunales de justicia, duración probable de los procedimientos, y posibilidades de éxito del asunto. Desde esta tribuna tenemos mucho interés en conocer mejor esta solución, de cara a un próximo artículo que publicaremos sobre el uso de la inteligencia artificial en las bases de datos jurídicas.
Advertencia: Sólo hemos mostrado algunas de las prestaciones que ofrecen las bases de datos jurídicas de pago más conocidas. Si alguna de las empresas mencionadas considera que hemos omitido alguna información relevante, por favor, indíquenoslo a fin de publicarla. También tenemos que resaltar que las bases de datos privadas que hemos mencionado no son las únicas que existen en el mercado e industria legal.
Reflexiones finales
Los firmantes de este artículo confiamos en que el CENDOJ, de la mano de su director, el jurista Iñaki Vicuña, va a seguir dando saltos cualitativos que deben beneficiar tanto a la ciudadanía como a los profesionales. Y lo mismo creemos (y esperamos) que sucederá con el BOE. Estos avances, muy seguramente, motivarán a los proveedores privados para implementar en sus herramientas, todavía, más contenido de valor y funcionalidades a fin de justificar la inversión del despacho. ¡Todos ganamos¡
Nos preguntamos si todo ello repercutirá en la estrategia que siguen algunas editoriales jurídicas con los Colegios Profesionales, ofreciendo a sus miembros acceso a la mayoría de contenidos de su base de datos. No son productos sin coste, porque se incluyen en la cuota del colegiado, pero se parecen mucho a un recurso gratuito. También Noticias Jurídicas (desde hace unos años parte del Grupo Wolters Kluwer) sigue siendo una referencia en esta categoría de recursos, especialmente por su excepcional posicionamiento en buscadores. Para muestra un botón: haz la búsqueda ‘articulo 10 código penal’ en Google.
Junto a las funcionalidades anteriormente expuestas, las editoriales están dedicando ingentes recursos a la mejora de sus herramientas: movilidad, integraciones en Google y Microsoft, bibliotecas digitales, formularios y esquemas, casos prácticos. Las más punteras ya no proponen al mercado bases de datos jurídicas, sino soluciones integrales de transformación digital donde la gestión del conocimiento (tanto interno como externo) y la gestión del negocio estén conectadas en una única plataforma accesible desde cualquier sitio, a cualquier hora y a través de cualquier dispositivo.
La apuesta por la tecnología predictiva y el machine learning se antoja imprescindible para sobrevivir en un entorno en que muchos despachos pueden considerarse cubiertos consultando BOE, CENDOJ, Noticias Jurídicas, Lenguaje Jurídico, las herramientas que su Colegio pone a su disposición y las posibilidades que ofrece, por ejemplo, Google (Suite, Drive, Gmail, Calendar…). Todo ello por menos de 10 € al mes.
Queda pendiente para un próximo post hablar sobre… ¿Y ahora qué se viene?
Abreviaturas:
CE: Constitución española
CC: Código civil
LOPJ: Ley Orgánica del Poder Judicial.
Fecha de la última actualización: 21 de abril de 2017.

"NO REPRODUZCAS SIN CITAR LA FUENTE"
Querido lector: dispones del permiso del editor de Juristas con Futuro y del mismo autor de este artículo para reproducir todo o una parte del mismo, siempre que cites la fuente de origen y que no consideres importante que Google penalice tu web por tener contenido duplicado. Así que, simplemente copia lo siguiente:
Ricardo Oliva León. Bases de datos de legislación y jurisprudencia en España [online]. Juristas con Futuro. 09/03/2017. https://www.juristasconfuturo.com/innovacion/bases-de-datos-de-legislacion-y-jurisprudencia-en-espana/. Consulta: [indicar la fecha en que has consultado el artículo]
Señores omiten ustedes bases de datos en abierto como http://www.iberley.es con mas de 4.000.000 de documentos en abierto y con un sistema SEMANTICO DE BÚSQUEDA.
Hay más bases de datos como Laley y Sepín.
Por favor, más rigor e imparcialidad.
Mercedes, muchas gracias por tu comentario.
Lo primero que te decimos es que nuestro artículo es un post ilustrativo pero no un «directorio» de todas las base de datos del sector. Por ello, colocamos una advertencia en el mismo que reza:
«Advertencia: Sólo hemos mostrado algunas de las prestaciones que ofrecen las bases de datos jurídicas de pago más conocidas. Si alguna de las empresas mencionadas considera que hemos omitido alguna información relevante, por favor, indíquenoslo a fin de publicarla. También tenemos que resaltar que las bases de datos privadas que hemos mencionado no son las únicas que existen.»
Tendremos en cuenta la información que nos proporcionas para un futuro post.
En todo caso, nuestros lectores podrán conocer la base de datos que mencionas en tu comentario ya que permitimos la visibilidad de la URL que indicas.
Saludos cordiales.
Me parece bien la comparativa que se hace y la forma de ilustrar las comparativas, pero creo que se mezclan cosas diferentes una las grandes inovaciones ya reales como los Programas de Analytics Tanto de Vlex como Tirant o tanto los que estan por venir como Legal data o Jurismetria. Asi como la evolucion de todo lo publico que obliga a lo privado a innovar aun mas.
Por otro lado bases de datos que van mejorando como la ley 360, Aranzadi o El Derecho con las inovaciones con mas o menos inovaciones.
Pero tengo una pequeña critica, creo que no se hace justicia no mencionando las bases de Vlex y Tirant en el articulo cuando si se mencionan todos los productos de una editorial en concreto jurismetria un producto que aun esta por ver y la ley 360 los dos de Wolters Kluwers, creo que Vlex y Tirant son bases de datos que nivel de tecnologia, contenido y innovacion tienen justificado un comentario de su base de datos en el articulo, al igual que WK se comentan sus dos productos siendo uno incluso solo futurible. es lo unico que encontre a faltar. Gracias por su articulo.
Yo escribo mi tesis sobre innovacion jurisprudencial o sean como los magistrados de la suprema corte se apartan de su propia jurisprudencia para crear renovar, innovar transformar o regresar incluso a una jurisprudencia antigua me gustaria saber más del tema para verificar como opera el cambio de su propia jurisprudencia en el páis de España si pudieran enviarme ese matirial estaria muy agradecido
Investigo la innovación jurisprudencial desde hace tiempo. No sólo predomina su carácter disruptivo, sino que destaca el predictivo sobre el que se asienta la ciencia de la jurimetría es ahora mucho más conciso y riguroso que hace unos años. Ello se debe fundamentalmente a la revolución del Big Data, con su consecuente explosión en los datos que manejan las bases jurídicas, y a las mejoras en el procedimiento de los mismos, con la irrupción de nuevas tecnologías como la Inteligencia Artificial o el Machine Learning.
De acuerdo con tu comentario Javier.